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Ley Crea y Crece para autónomos: qué obliga, qué plazos hay y cómo prepararse

La Ley Crea y Crece obliga a facturar electrónicamente en operaciones B2B entre autónomos y empresas. Resolvemos en 8 preguntas qué dice, qué plazos hay y en qué se diferencia de Verifactu.

Adrian Rodrigo

August 11, 2026

4 min

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La Ley Crea y Crece (Ley 18/2022) obliga a autónomos y empresas a facturar electrónicamente en sus operaciones B2B. El reglamento que la desarrolla (Real Decreto 238/2026) y la Orden HAC/1028/2026, en vigor desde el 6 de octubre de 2026, ya fijan las fechas: 6 de octubre de 2027 si facturas más de 8 millones de euros al año y 6 de octubre de 2028 para el resto.

Última actualización: 6 de octubre de 2026

¿Qué es la Ley Crea y Crece?

La Ley Crea y Crece es la Ley 18/2022, de 28 de septiembre, de creación y crecimiento de empresas (BOE-A-2022-15818). Su artículo 12 añade el artículo 2 bis a la Ley 56/2007 y establece la obligación de que todas las empresas y profesionales usen factura electrónica en sus relaciones comerciales. El objetivo declarado de la ley es reducir la morosidad comercial, el gran problema de los autónomos que facturan a empresas, y acelerar la digitalización del tejido empresarial español.

¿Qué obliga exactamente a los autónomos?

Obliga a emitir y recibir facturas en formato electrónico estructurado, no un PDF escaneado, cuando factures a otra empresa o a otro profesional autónomo. La obligación es bilateral: tanto quien emite como quien recibe debe poder gestionar facturas electrónicas. Aplica únicamente a operaciones B2B; si solo facturas a particulares, esta ley no te afecta.

¿Es lo mismo que Verifactu?

No, son dos obligaciones distintas que se confunden constantemente. La Ley Crea y Crece regula cómo intercambias facturas con otras empresas en formato electrónico estructurado. Verifactu regula que tu programa de facturación genere registros trazables e inalterables ante Hacienda, con código QR. Puedes leer la diferencia completa en nuestra guía de Verifactu para autónomos y en el artículo sobre el aplazamiento de Verifactu a 2027. Hoy las fechas vigentes de Verifactu son el 1 de enero de 2027 para sociedades y el 1 de julio de 2027 para autónomos (Real Decreto-ley 15/2025). Hacienda anunció el 5 de octubre de 2026 un nuevo aplazamiento a octubre de 2028, pero a fecha de esta actualización no se ha publicado ninguna norma en el BOE que lo recoja.

¿Cuándo entra en vigor la factura electrónica obligatoria?

Ya hay fechas ciertas. La Orden HAC/1028/2026, publicada en el BOE el 5 de octubre de 2026 (BOE-A-2026-20587), entró en vigor el 6 de octubre de 2026, y desde ese día cuentan los plazos del Real Decreto 238/2026: 12 meses para quien factura más de 8 millones de euros al año y 24 meses para el resto. Es decir, la factura electrónica B2B será obligatoria el 6 de octubre de 2027 para las grandes facturaciones y el 6 de octubre de 2028 para la inmensa mayoría de autónomos. Lo explicamos en detalle en nuestro artículo sobre la Orden HAC/1028/2026.

  • Primeros 12 meses: la factura electrónica irá acompañada de una versión en PDF legible.
  • Estados de pago: si eres autónomo y facturas 8 millones o menos, informar del estado de pago de tus facturas es voluntario hasta el 6 de octubre de 2029 (disposición transitoria tercera del Real Decreto 238/2026).

¿Ya está publicado el reglamento que la desarrolla?

Sí. El Real Decreto 238/2026, de 25 de marzo, se publicó en el BOE el 31 de marzo de 2026 (BOE-A-2026-7295) y desarrolla los requisitos técnicos del sistema de factura electrónica obligatoria: formatos admitidos, plataformas de intercambio y estados de la factura. La orden ministerial que activa los plazos, la Orden HAC/1028/2026, ya está publicada y en vigor desde el 6 de octubre de 2026.

¿A quién afecta si eres autónomo?

Te afecta si emites o recibes facturas de otras empresas o de otros autónomos, sea cual sea tu volumen de facturación. Ejemplo: un diseñador que factura a agencias entra dentro de la obligación; un fontanero que solo trabaja para particulares, no. Puedes consultar los datos que debe llevar cualquier factura, electrónica o no, en nuestra guía de cómo hacer una factura como autónomo.

¿Qué pasa si no cumples cuando sea obligatoria?

El incumplimiento puede acarrear sanciones, aunque el régimen sancionador definitivo se concretará con el desarrollo reglamentario completo de la ley. Hasta que no llegue tu fecha (6 de octubre de 2027 o 6 de octubre de 2028, según tu facturación) no hay ninguna sanción aplicable por no facturar aún en formato electrónico B2B.

¿Qué tengo que hacer ahora mismo?

Ahora mismo, nada urgente, pero el reloj ya corre: si eres autónomo, tienes hasta el 6 de octubre de 2028. Lo que sí conviene es comprobar que el software de facturación que usas tiene en su hoja de ruta tanto la factura electrónica B2B como Verifactu, para no tener que cambiar de herramienta cuando llegue el plazo. Si facturas con Excel, Word o papel, ese es el momento de empezar a plantearte el cambio, porque ambas obligaciones convergen en la misma dirección: dejar de facturar con papel o PDF sueltos. Aprovecha también para repasar la guía completa de factura electrónica obligatoria, donde detallamos formatos y pasos.


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