Del 1 de noviembre al 31 de diciembre puedes cambiar tu base de cotización para que tu cuota de 2027 encaje con tus ingresos. Así se hace en Import@ss y esto pasa en la regularización.
Para cambiar tu base de cotización de autónomo con efecto el 1 de enero de 2027, pídelo en Import@ss entre el 1 de noviembre y el 31 de diciembre de 2026: indicas tus rendimientos netos previstos, eliges una base dentro de tu tramo y firmas. Esa base es provisional; luego se regulariza con tus ingresos reales.
Última actualización: 27 de octubre de 2026
Desde 2023, los autónomos cotizan por sus rendimientos netos (Real Decreto-ley 13/2022). Eliges una base según lo que prevés ganar al mes y pagas un porcentaje: en 2026, el 31,50 %, del que 0,90 puntos son el MEI (Mecanismo de Equidad Intergeneracional), según la Orden PJC/297/2026. Para ver la cuota junto al resto, lee cuánto paga de impuestos un autónomo.
Y la base decide lo que cobras si te pasa algo:
Hasta seis veces al año, y nunca con efecto inmediato: cada solicitud tiene una fecha de efectos fija (art. 45 del Reglamento de cotización, RD 2064/1995).
| Si lo pides entre… | Se aplica el… |
|---|---|
| 1 de enero y fin de febrero | 1 de marzo |
| 1 de marzo y 30 de abril | 1 de mayo |
| 1 de mayo y 30 de junio | 1 de julio |
| 1 de julio y 31 de agosto | 1 de septiembre |
| 1 de septiembre y 31 de octubre | 1 de noviembre |
| 1 de noviembre y 31 de diciembre | 1 de enero del año siguiente |
Para empezar 2027 con la base correcta, pídelo del 1 de noviembre al 31 de diciembre de 2026 (si lo pides hasta el 31 de octubre, se aplica ya el 1 de noviembre). Anótalo en tu calendario fiscal de 2026.
A 5 de octubre de 2026, cuando redactamos esta guía, no hay tabla de bases y cuotas aprobada para 2027. En 2026 se mantuvieron los tramos y las bases mínimas de 2025 (Real Decreto-ley 3/2026); solo subió el tope de los dos últimos tramos, de 4.909,50 a 5.101,20 € al mes.
Lo que sí fija la ley es el MEI: pasa del 0,90 % al 1 % en 2027 (disposición transitoria 43.ª de la LGSS), es decir, 1 € más al mes por cada 1.000 € de base. Mientras no haya tabla nueva, tu referencia es la vigente:
| Rendimientos netos al mes (€) | Base mínima (€) | Base máxima (€) | Cuota con la base mínima (€) |
|---|---|---|---|
| Hasta 670 | 653,59 | 718,94 | 205,88 |
| Más de 670 hasta 900 | 718,95 | 900,00 | 226,47 |
| Más de 900 y menos de 1.166,70 | 849,67 | 1.166,70 | 267,65 |
| De 1.166,70 hasta 1.300 | 950,98 | 1.300,00 | 299,56 |
| Más de 1.300 hasta 1.500 | 960,78 | 1.500,00 | 302,65 |
| Más de 1.500 hasta 1.700 | 960,78 | 1.700,00 | 302,65 |
| Más de 1.700 hasta 1.850 | 1.143,79 | 1.850,00 | 360,29 |
| Más de 1.850 hasta 2.030 | 1.209,15 | 2.030,00 | 380,88 |
| Más de 2.030 hasta 2.330 | 1.274,51 | 2.330,00 | 401,47 |
| Más de 2.330 hasta 2.760 | 1.356,21 | 2.760,00 | 427,21 |
| Más de 2.760 hasta 3.190 | 1.437,91 | 3.190,00 | 452,94 |
| Más de 3.190 hasta 3.620 | 1.519,61 | 3.620,00 | 478,68 |
| Más de 3.620 hasta 4.050 | 1.601,31 | 4.050,00 | 504,41 |
| Más de 4.050 hasta 6.000 | 1.732,03 | 5.101,20 | 545,59 |
| Más de 6.000 | 1.928,10 | 5.101,20 | 607,35 |
Fuente: Orden PJC/297/2026, art. 18; las tres primeras filas son la tabla reducida. La cuota es un cálculo de FactuPro: base mínima × 31,50 % (tipos de 2026), sin tarifa plana ni reducciones.
Si te lo lleva una gestoría, puede tramitarlo por el Sistema RED o como apoderada.
Tu base es provisional. Cuando Hacienda pasa a la Seguridad Social tus rendimientos reales (los de tu Renta), se calcula tu base definitiva según el art. 308.1.c) de la LGSS:
El resultado llega por notificación electrónica (NOTESS). Y ojo: si cobras una baja, se calcula con la base que tenías elegida y esos meses no se regularizan (guía de Import@ss).
Ejemplo: Laura, diseñadora, cotiza en 2026 por 960,78 € al mes. Para 2027 prevé facturar 33.000 € sin IVA con 5.000 € de gastos, sin contar su cuota.
Si en noviembre sube su base a 1.274,51 €, pagará unos 401,47 € al mes con los tipos de 2026 (más 1,27 € por el MEI de 2027). Si no la toca, seguirá pagando 302,65 €, pero la regularización le reclamará unos 98,82 € por mes: casi 1.186 € de golpe. Y de baja, desde el día 21 cobraría 31,86 € al día en vez de 24,02 €.
No. Si lo pides entre el 1 de enero y el último día de febrero, el cambio se aplica el 1 de marzo. Para que cuente desde el 1 de enero de 2027, tienes que solicitarlo entre el 1 de noviembre y el 31 de diciembre de 2026, como fija el artículo 45 del Reglamento de cotización (RD 2064/1995).
Todavía no hay cifra oficial: a 5 de octubre de 2026 no hay tabla de bases y cuotas aprobada para 2027. Lo único fijado por ley es la subida del MEI del 0,90 % al 1 % (disposición transitoria 43.ª de la LGSS): con la misma base, pagarás 1 € más al mes por cada 1.000 € de base. En 2026 se mantuvieron las bases mínimas de 2025.
Sí, si tu prioridad es pagar lo menos posible: si aciertas con tus ingresos, la base mínima de tu tramo no te dejará diferencias en la regularización. El precio es menos protección, porque la baja y el cese de actividad se calculan sobre tu base. Si puedes asumirlo, una base algo más alta dentro del mismo tramo te cubre mejor.
Sí. El plazo para que se aplique el 1 de enero es del 1 de noviembre al 31 de diciembre, haya o no tabla nueva. Hay precedente: en 2026, la orden de cotización, publicada en marzo, respetó las bases pedidas antes del 31 de diciembre que encajaban en sus tramos (art. 18.3 de la Orden PJC/297/2026). Si los límites de tu tramo cambian, ajusta la base en la siguiente ventana.
Para elegir bien tu base tienes que saber cuánto ganas. Con FactuPro creas y envías facturas desde WhatsApp en unos 30 segundos, registras gastos con la foto del ticket y consultas tus facturas y gastos por chat cuando toque revisar la base. Y tu gestoría recibe la información preparada automáticamente.

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