Ninguna ley obliga a un autónomo a tener gestoría. Tabla para decidir si puedes llevarlo tú o te conviene un gestor, obligaciones fijas y señales de que no te aporta valor.
No. Ninguna ley obliga a un autónomo a tener gestoría: puedes presentar tú mismo tus impuestos en la sede de Hacienda. Si trabajas solo, sin empleados y con una actividad sencilla, puedes llevarlo tú. Te conviene un gestor si tienes nóminas, clientes de otros países de la UE, una sociedad o un problema con Hacienda.
Última actualización: 15 de octubre de 2026
No. La Ley General Tributaria dice que puedes actuar «por medio de representante», que puede ser un asesor fiscal (artículo 46). Es una opción, no una obligación.
Como persona física, puedes presentar el 303 por internet con Cl@ve, sin certificado digital, y Hacienda te ayuda a rellenarlo con su servicio Pre303 (Agencia Tributaria, 2026).
El matiz: la gestoría actúa como tu representante, pero el contribuyente sigues siendo tú, y los recargos o sanciones se te exigen a ti (artículos 27 y 181 de la misma ley).
Las mismas, tengas o no gestor. Para un autónomo en estimación directa, sin empleados y con IVA trimestral:
| Obligación | Qué es | Plazo |
|---|---|---|
| Modelo 303 | IVA del trimestre | Del 1 al 20 de abril, julio y octubre, y del 1 al 30 de enero |
| Modelo 130 | Pago a cuenta del IRPF: el 20 % del rendimiento neto acumulado, menos lo ya pagado | Los mismos. No lo presentas si el año anterior el 70 % o más de tus ingresos profesionales llevó retención |
| Modelo 390 | Resumen anual del IVA | Del 1 al 30 de enero |
| Renta | Obligatoria para todo autónomo de alta, ganes lo que ganes | En primavera: la de 2025, del 8 de abril al 30 de junio de 2026 |
| Cuota de autónomos | Cotización a la Seguridad Social, domiciliada | Cada mes, el último día hábil |
| Libros registro | Ingresos, gastos y bienes de inversión | Al día, todo el año |
Fuentes: Agencia Tributaria (plazos del 303 y Manual de actividades económicas, 2026) y Seguridad Social (Guía práctica de trabajo autónomo, 2026).
Con gestoría, los datos los sigues poniendo tú: facturas, tickets y extractos. Mira cómo funciona el modelo 303.
Puedes llevarlo tú si tu actividad es sencilla. Te conviene gestoría cuando entran empleados, clientes de la UE, una sociedad o una carta de Hacienda:
| Tu situación | Lo razonable | Por qué |
|---|---|---|
| Clientes en España, sin empleados y en estimación directa simplificada | Puedes hacerlo tú | 303, 130, 390 y Renta: con facturas y tickets al día, son sumas y restas |
| Tienes empleados | Te conviene gestoría | Alta del trabajador por el Sistema RED, contrato comunicado en 10 días, nóminas y modelos 111 y 190 |
| Clientes o proveedores de otros países de la UE | Te conviene gestoría | Alta en el Registro de Operadores Intracomunitarios (modelo 036) y modelo 349 |
| Varias actividades o pluriactividad | Te conviene, al menos al empezar | Varios epígrafes o tipos de IVA; con nómina y autónomos a la vez, cotizas en dos regímenes |
| Tienes una sociedad (SL) | Te conviene gestoría | Contabilidad completa, legalización de libros e Impuesto sobre Sociedades (modelo 200) |
| Tributas en módulos | Te conviene, al menos el primer año | Depende de la orden anual de módulos y sus límites; pagas con el modelo 131 |
| Operaciones con y sin derecho a deducir IVA | Te conviene gestoría | Regla de prorrata: solo deduces una parte del IVA de tus gastos |
| Requerimiento o inspección | Gestoría o asesor fiscal | Hay plazos y hay que argumentar bien |
Fuentes: Agencia Tributaria, Seguridad Social (2026) y artículo 102 de la Ley del IVA. Si te toca la última fila, lee qué hacer ante una inspección de Hacienda.
Depende de lo que contrates: no cuesta lo mismo presentar tus trimestrales que llevar nóminas o una SL. Tienes horquillas y qué incluye cada plan en cuánto cobra una gestoría para autónomos, y las diferencias de formato en gestoría online o presencial.
Para decidir, compara la cuota con las horas que te cuesta hacerlo tú y con lo que te jugarías con un error.
Laura puede llevarlo sola; a Marcos le compensa un gestor. Con números (ejemplo ilustrativo):
Laura, traductora, sin empleados. Factura 2.500 € al mes a agencias españolas, todas con retención del 15 %. En un trimestre repercute 1.575 € de IVA (21 % de 7.500 €) y soporta 210 € (21 % de 1.000 € de gastos): su 303 sale a 1.365 € a ingresar. Como todo lo que facturó el año anterior llevó retención, no presenta el 130. Total: 6 declaraciones al año (cuatro 303, el 390 y la Renta).
Marcos, consultor con un empleado. La mitad de su facturación es de un cliente en Francia, sin retención, así que sí presenta el 130. Suma cada trimestre el 111 por la nómina y el 349 por el cliente francés, y en enero el 390 y el 190. Total: 19 declaraciones al año (cuatro 303, cuatro 130, cuatro 111, cuatro 349, el 390, el 190 y la Renta), más doce nóminas y las cotizaciones de su trabajador.
Sí: el modelo híbrido. Tú registras facturas y tickets en el momento con una app, y tu gestor revisa, te asesora y presenta los modelos. Le pagas por su criterio, no por teclear datos, y se acaba el «mándame los tickets» del día 18.
Ojo: una app organiza y calcula, pero no te asesora ni te representa ante Hacienda. FactuPro no sustituye a tu gestor; le facilita el trabajo y te ahorra persecuciones. Si ya tienes uno, mira cómo preparar la documentación que te pide cada trimestre.
Si pagas gestoría y sigues con el estómago encogido cada trimestre, algo falla:
Si te ves en varias, habla primero con tu gestor: quizá baste con aclarar qué incluye la cuota.
Pagas un recargo, sin sanción, si sale a ingresar y lo presentas antes de que Hacienda te lo reclame. Es del 1 % más otro 1 % por cada mes completo de retraso, o del 15 % más intereses pasados 12 meses (artículo 27 de la Ley General Tributaria). Si no sale nada a pagar, la multa es de 100 € si también lo presentas sin requerimiento (artículo 198). Con gestoría, igual: el plazo es tuyo.
No del todo. Un programa de facturación te quita el trabajo mecánico: emitir facturas, guardar los tickets y tener organizados el IVA y el IRPF de cada trimestre. Pero no te asesora ni te representa ante Hacienda. Si tu caso es sencillo, el programa y tú podéis bastar; si es complejo, lo ideal es programa más gestor.
En dinero, sí: si lo haces tú, no pagas cuota a nadie. A cambio pones tu tiempo y asumes el riesgo de equivocarte. Con un caso sencillo y las facturas al día, el trimestre se resuelve rápido. Con nóminas, clientes en la UE o una sociedad, ese ahorro se puede ir con un solo recargo o una sanción.
Sí, en cualquier momento del año. Tu gestor podrá presentar en tu nombre como representante, y le bastará con tus facturas, tus tickets, tus libros registro y los modelos que ya hayas presentado. Por eso, aunque empieces solo, conviene llevarlo todo ordenado desde el primer día: el traspaso será mucho más sencillo.
Con FactuPro creas y envías facturas desde WhatsApp en unos 30 segundos, registras gastos con la foto del ticket y tienes el IVA, el IRPF y tus modelos trimestrales organizados. Si lo llevas tú, lo tienes todo a mano; si tienes gestoría, le llega la información preparada automáticamente. Prueba FactuPro.

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