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Modelo 303: qué es, cómo rellenarlo y cuándo presentarlo

Guía completa del modelo 303 para autónomos: qué es, cuándo presentarlo, cómo rellenarlo paso a paso y los errores más comunes. Con ejemplos reales.

Adrian Rodrigo

May 26, 2026

10 min

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El modelo 303 es la declaración trimestral del IVA para autónomos. En él declaras el IVA que has cobrado en tus facturas menos el IVA que has pagado en tus gastos. La diferencia es lo que pagas a Hacienda (o lo que compensas el siguiente trimestre). Se presenta 4 veces al año: en abril, julio, octubre y enero.

Última actualización: 26 de mayo de 2026


¿Qué es el modelo 303 y para qué sirve?

El modelo 303 es el formulario que los autónomos presentan a Hacienda para liquidar el IVA de su actividad cada tres meses. Es, junto con el modelo 130 (IRPF), uno de los dos modelos trimestrales que la mayoría de autónomos debe presentar obligatoriamente.

La lógica es simple: tú cobras IVA a tus clientes (IVA repercutido) y pagas IVA cuando compras o contratas servicios para tu negocio (IVA soportado). El modelo 303 calcula la diferencia:

  • Si has cobrado más IVA del que has pagado: pagas la diferencia a Hacienda
  • Si has pagado más IVA del que has cobrado: compensas en el siguiente trimestre (o pides devolución en el último trimestre)

Fuente: AEAT, sede.agenciatributaria.gob.es.

¿Quién tiene que presentar el modelo 303?

Deben presentarlo todos los autónomos que realizan actividades sujetas y no exentas de IVA. Esto incluye a la gran mayoría: consultores, diseñadores, fontaneros, peluqueros, comerciantes, etc.

No deben presentarlo (o tienen reglas especiales) los siguientes casos:

  • Actividades exentas de IVA: ciertos servicios médicos, educativos, financieros o culturales contemplados en el artículo 20 de la Ley del IVA. Fuente: Ley 37/1992 del IVA.
  • Régimen de recargo de equivalencia: minoristas que compran a mayoristas y no liquidan el IVA directamente.
  • Régimen de Franquicia del IVA (novedad 2025): autónomos con facturación inferior a 85.000€ que se acojan voluntariamente a este régimen quedan exentos de presentar el 303. Fuente: Directiva 2020/285/UE transpuesta a legislación española.

Si tienes dudas sobre si debes presentarlo, consulta con tu asesoría o con la propia AEAT.

¿Cuándo se presenta el modelo 303?

Cuatro veces al año, en los 20 primeros días del mes siguiente al cierre de cada trimestre:

TrimestrePeríodo que cubrePlazo de presentación
1TEnero, febrero, marzoDel 1 al 20 de abril
2TAbril, mayo, junioDel 1 al 20 de julio
3TJulio, agosto, septiembreDel 1 al 20 de octubre
4TOctubre, noviembre, diciembreDel 1 al 30 de enero (plazo especial)

Fuente: AEAT. Si el día 20 cae en sábado, domingo o festivo nacional, el plazo se traslada al siguiente día hábil. El 4T tiene hasta el día 30 de enero (en vez del 20) si el resultado es a ingresar por domiciliación.

Para no perderte ningún plazo, consulta el calendario fiscal completo para autónomos en 2026.

Cómo rellenar el modelo 303 paso a paso

Paso 1: Accede a la sede electrónica de la AEAT

Entra en sede.agenciatributaria.gob.es e identífícate con certificado digital, Cl@ve PIN o DNI electrónico. Ve a la sección de modelos y formularios y busca el modelo 303.

Paso 2: Rellena el IVA devengado (el IVA que has cobrado)

Introduce el importe base de tus facturas de venta separado por tipo de IVA:

  • Tipo general (21%): la mayoría de servicios y productos (casilla 01 para la base, casilla 03 para la cuota)
  • Tipo reducido (10%): hostelería, transporte, reformas en viviendas, entre otros
  • Tipo superreducido (4%): alimentos básicos, libros, medicamentos

Ejemplo práctico: si eres consultor y en el 1T has facturado 10.000€ base + 21% IVA, introduces 10.000€ en la casilla de base al 21% y el sistema calcula 2.100€ de cuota.

Paso 3: Rellena el IVA deducible (el IVA que has pagado)

Introduce el IVA que has pagado en tus compras y gastos deducibles: software, teléfono, material de oficina, desplazamientos, publicidad, etc. Solo puedes deducir el IVA de gastos relacionados directamente con tu actividad económica.

Ejemplo: si has gastado 2.000€ base + 21% IVA en gastos de tu negocio ese trimestre, introduces 2.000€ en la casilla de base y el sistema calcula 420€ de cuota deducible.

Paso 4: Calcula el resultado

El modelo resta automáticamente: IVA devengado - IVA deducible = resultado.

Siguiendo el ejemplo anterior: 2.100€ (IVA cobrado) - 420€ (IVA pagado) = 1.680€ a pagar a Hacienda.

Si el resultado fuera negativo (has pagado más IVA del que has cobrado), marcas la opción de compensación para el siguiente trimestre. Solo en el 4T puedes solicitar devolución directa.

Paso 5: Presenta y paga

Revisa todos los datos, confirma el borrador y haz clic en presentar. Si el resultado es a ingresar, puedes pagar por domiciliación bancaria (hasta el día 15), cargo en cuenta o transferencia. Si es a compensar o cero, solo confirmas la presentación.

Ejemplo práctico completo del modelo 303

Imaginemos a Laura, autónoma consultora de marketing en el 1T de 2026:

ConceptoBase imponibleIVA (21%)
Facturas emitidas a clientes (IVA repercutido)12.000€2.520€
Software de trabajo (IVA soportado)500€105€
Material de oficina (IVA soportado)300€63€
Teléfono profesional (50% deducible) (IVA soportado)150€31,50€

Resultado del 303 de Laura en el 1T: 2.520€ - (105€ + 63€ + 31,50€) = 2.320,50€ a pagar antes del 20 de abril.

Errores comunes al rellenar el modelo 303

  • Incluir gastos no deducibles: Los gastos personales o mixtos (como el coche si no es 100% profesional) tienen limitaciones. Incluir IVA de gastos no deducibles puede generar un requerimiento de Hacienda.
  • Confundir base imponible con total de la factura: En el modelo introduces la base (sin IVA), no el total. Si tu factura es 1.210€ (1.000€ + 210€ IVA), introduces 1.000€ como base.
  • No guardar las facturas que justifican el IVA deducible: Hacienda puede pedirlas. Sin factura, no puedes deducir el IVA aunque hayas hecho el pago.
  • Presentar en el período incorrecto: El 303 del 1T cubre enero-marzo. No mezcles facturas de trimestres anteriores.
  • No marcar la casilla de compensación cuando el resultado es negativo: Si no la marcas, Hacienda no aplica el saldo a favor en el siguiente trimestre automáticamente.
  • Olvidar el modelo en agosto: El 3T (julio-septiembre) se presenta antes del 20 de octubre, no en agosto. Es el trimestre que más se olvida por las vacaciones.

Preguntas frecuentes sobre el modelo 303

¿Qué es el modelo 303?

El modelo 303 es la declaración trimestral del IVA para autónomos en España. En él declaras el IVA que has cobrado en tus facturas (IVA repercutido) y el IVA que has pagado en tus gastos (IVA soportado). La diferencia es lo que pagas o compensas. Se presenta 4 veces al año ante la AEAT. Fuente: AEAT.

¿Cuándo se presenta el modelo 303?

Antes del día 20 del mes siguiente al cierre de cada trimestre: 20 de abril (1T), 20 de julio (2T), 20 de octubre (3T) y 20 de enero del año siguiente (4T). Si el día 20 cae en festivo o fin de semana, el plazo se extiende al siguiente día hábil. Fuente: AEAT.

¿Qué pasa si presento el 303 fuera de plazo?

Si lo presentas de forma espontánea (sin requerimiento previo de Hacienda), el recargo es del 1% por cada mes de retraso, y del 15% a partir del año. Si Hacienda te lo pide antes de que tú lo presentes, la sanción puede ser del 50% al 150% de la cuota. Fuente: artículo 27 Ley General Tributaria.

¿El resultado del 303 es siempre a pagar?

No. Si el IVA que has pagado en gastos es mayor que el IVA que has cobrado en facturas, el resultado es negativo. Puedes compensarlo en el siguiente trimestre o, si es el último trimestre del año (4T), solicitar la devolución a la AEAT.

¿Todos los autónomos tienen que presentar el 303?

La mayoría sí. Deben presentarlo todos los autónomos que realizan actividades sujetas y no exentas de IVA. Hay excepciones: actividades exentas de IVA (ciertos servicios médicos o educativos), régimen de recargo de equivalencia y, desde 2025, el nuevo Régimen de Franquicia del IVA. Consulta con tu gestor si tienes dudas.


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