Los autónomos tienen obligación de conservar facturas durante 4 años (el plazo de prescripción). Pero hay excepciones: 10 años para bienes de inversión. Y Hacienda tiene requisitos concretos para el digital.
Los autónomos tienen obligación legal de conservar las facturas y documentos fiscales durante 4 años, que es el plazo de prescripción de la deuda tributaria según el artículo 66 de la Ley General Tributaria. Pero hay excepciones importantes: algunas facturas deben guardarse 10 años, y Hacienda tiene requisitos concretos sobre el formato digital.
Última actualización: julio de 2026
El plazo básico es 4 años. Ese es el tiempo durante el cual Hacienda puede reclamarte cualquier impuesto no pagado o revisarte una declaración ya presentada. En la práctica, en 2026 tienes obligación de conservar los documentos fiscales del ejercicio 2022 en adelante.
Pero hay casos donde el plazo es mayor:
Fuente: Artículo 66 de la Ley General Tributaria (Ley 58/2003) y artículo 121 de la Ley del IVA (Ley 37/1992).
No solo las facturas. Esta es la lista completa de documentos que el autónomo debe guardar.
Todas las facturas que has emitido a tus clientes: ordinarias, simplificadas (tickets de venta) y rectificativas. En formato papel o digital, con todos los datos obligatorios.
Todas las facturas de proveedores que has usado como gasto deducible: internet, material de oficina, viajes de trabajo, gestor, etc.
Los tickets de pequeños importes (gasolinera, parking, comida de trabajo) también son documentos fiscales si los has deducido. No necesitan ser facturas completas si el importe es inferior a 400 euros, pero deben tener fecha, importe e IVA desglosado.
Los modelos 303, 130, 100, 111, 190 y cualquier otro modelo que hayas presentado. Conserva tu copia con el justificante de presentación.
Para gastos de cierta cuantía, no basta con la factura: necesitas también el justificante de que pagaste. Un extracto bancario, el recibo de la transferencia, el ticket del datáfono.
Hacienda acepta el formato digital, pero con condiciones concretas definidas en el Real Decreto 1619/2012. El documento digital debe garantizar la autenticidad del origen, la integridad del contenido y ser legible en el momento de una comprobación.
| Formato | ¿Acepta Hacienda? | Condición |
|---|---|---|
| PDF de la factura original (sin editar) | Sí | Debe ser el original, no una copia editada |
| Foto del ticket (buena calidad, legible) | Sí | Que sea legible y reconocible |
| Escaneado del papel (alta resolución) | Sí | Que sea legible |
| Screenshot de un email con la factura | Sí | Si incluye remitente, fecha y contenido completo |
| Archivo Word editable | No | Puede ser modificado después |
| Foto borrosa o ilegible | No | No cumple el requisito de legibilidad |
Fuente: Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación.
El hecho de guardar los documentos en digital no es suficiente. Necesitas que estén organizados de forma que, si Hacienda los pide, puedas presentarlos rápida y ordenadamente.
Sistema básico que funciona:
Este sistema te permite responder en minutos si Hacienda te pide todas las facturas de gastos del primer trimestre de 2025.
Cuando emites una factura o registras un gasto con FactuPro, el documento queda guardado automáticamente en digital con todos los metadatos necesarios: fecha, importe, proveedor o cliente, número de factura y categoría. Cuando Hacienda o tu gestor pida la documentación de un periodo, puedes exportar todas las facturas en segundos, en formato PDF organizado por categoría y fecha.
Sí. Si has deducido un ticket como gasto de la actividad, tienes que conservarlo. Si no lo has deducido, no es necesario desde el punto de vista fiscal.
Sí, siempre que el formato digital cumpla las condiciones del Real Decreto 1619/2012: autenticidad del origen, integridad del contenido y legibilidad. Una foto nítida del ticket o el PDF original de la factura son suficientes.
Con carácter general, las facturas de 2021 y anteriores ya están prescritas para una revisión fiscal ordinaria. Puedes deshacerte de ellas. Excepción: si tienes bases imponibles negativas que estás compensando, o bienes de inversión cuyo IVA todavía estás regularizando, guarda la documentación relacionada.
Sí, si son facturas emitidas digitalmente con firma electrónica o PDFs con todos los datos obligatorios. Lo que no es válido es una factura escaneada de un papel que te mandaron por email sin firma electrónica que garantice su integridad.
Los contratos no son documentos fiscales estrictamente, pero pueden ser necesarios para justificar operaciones en una inspección. La recomendación es guardarlos durante el mismo plazo que las facturas relacionadas: al menos 4 años desde el último ejercicio en que se declaró algo relativo a ese contrato.
Tienes derecho a exigir factura por cualquier operación profesional. Si el proveedor se niega, puedes pedir una factura simplificada para importes menores. Sin factura, no puedes deducir el gasto.
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