¿Cambiaste de actividad en 2025? Tienes hasta el 30 de junio de 2026 para actualizar tu código CNAE ante la Seguridad Social o arriesgas sanciones y retroactividad de cuotas.
Si cambiaste de actividad principal en 2025, tienes hasta el 30 de junio de 2026 para comunicar tu nuevo código CNAE a la Seguridad Social. Si no lo haces, pueden recalcular tu cuota con efecto retroactivo y aplicarte sanciones. El plazo no se prorroga.
Última actualización: 18 de junio de 2026
El CNAE (Clasificación Nacional de Actividades Económicas) es el código de 4 dígitos que identifica tu actividad principal ante la Seguridad Social. De él depende en qué epígrafe cotizas y puede afectar al tramo de cotización con el sistema de cuotas por ingresos reales.
En 2025 entró en vigor la actualización CNAE-2025, que sustituyó a la anterior CNAE-2009. Según la Seguridad Social (TGSS), todos los autónomos cuya actividad principal haya cambiado de código tienen la obligación de comunicarlo antes del 30 de junio de 2026.
Solo estás afectado si se cumple alguna de estas condiciones:
Si tienes dudas, consulta la tabla de equivalencias CNAE-2009 → CNAE-2025 publicada por el INE en ine.es, o verifica tu CNAE actual en Importass.
Según datos de la TGSS (2025), más de 3,3 millones de autónomos estaban registrados en España. Un porcentaje significativo puede tener el CNAE desactualizado.
Depende. Si tu actividad tiene el mismo código en CNAE-2009 y en CNAE-2025, no tienes que hacer nada. Solo si el código cambió o añadiste una actividad principal diferente en 2025 estás obligado a comunicarlo.
No. La fecha límite publicada por la TGSS es el 30 de junio de 2026 y no se ha anunciado ninguna prórroga. Presenta antes del 25 de junio para evitar problemas de última hora.
Sí. El modelo 036/037 se presenta online en la sede electrónica de la AEAT con certificado digital, DNI electrónico o cl@ve PIN.
Puede afectar al epígrafe del IAE. Desde 2023 la cuota depende principalmente de los ingresos reales. Lo que puede ocurrir es que la Seguridad Social detecte una discrepancia entre el CNAE registrado y tus ingresos declarados.
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El plazo vence el 30 de junio y no hay segunda oportunidad. Con FactuPro, tienes toda la información de tu actividad siempre lista para cuando la necesitas. Prueba FactuPro gratis y lleva tu facturación al día desde WhatsApp.

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